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Ayudas y Subvenciones

29/04/2014

Ayuda del ticket del autónomo

 

Subvenciones del Ticket del autónomo para facilitar el inicio de la actividad autónoma de aquellos trabajadores que hubieran causado alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social entre el 1 de octubre de 2013 y 30 de septiembre de 2014, en régimen de concesión directa, según lo establecido en el artículo 6 de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

El importe máximo de la subvención consistirá en 4.000 euros. Incrementados en un 5% para mujeres víctimas de violencia de género.

CONDICIONES DE LA SUBVENCIÓN:
Es necesario haber realizado una inversión en inmobilizado material no inferior a 5.000 euros (IVA excluido).
La inversión debe resultar estrictamente necesaria y responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.
La inversión debe financiarse con fondos propios.
No se admiten facturas inferiores a 50 euros.
No serán subvencionables los gastos referidos al domicilio particular de la persona solicitante.

EXCLUSIONES ESPECÍFICAS:

No podrán ser beneficiarios:
Aquellas personas que, en los tres años anteriores a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, hayan ejercido la misma actividad autónomas.
Aquellas personas que hayan sido beneficiarias del ticket del autónomo para el inicio de actividad en los años 2008, 2009, 2010 o 2011 así como de las ayudas concedidas al amparo de las normas aprobadas por Resoluciones de 9/10/2012 o 20/11/2012 de la Consejería de Economía y Empleo.

PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER:

La resolución deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. En caso de que la resolución del procedimiento no sea notificada en dicho plazo, se entenderá desestimada.

MÁS INFORMACIÓN:

Servicio de Emprendedores

C/ Santa Susana 29, bajo

33007 Oviedo

Tel. 985 10 82 26

Fax. 985 10 82 33

Plazo de solicitud desde el 26/04/2014 y hasta el 30/09/2014.

 


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