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Noticias

01/07/2010

Ayudas a los afectados por las inundaciones

1.PODRÁN SER BENEFICIARIOS
* Las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales, ponderándose, a estos efectos, la cuantía de la ayuda en proporción a los recursos económicos de que dispongan para hacer frente a una situación de emergencia o catástrofe.
* Las corporaciones locales que acrediten escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de grave riesgo o naturaleza catastrófica.
* Las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, hayan llevado a cabo una prestación personal o de bienes, a causa de una situación de emergencia.
* Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de cincuenta empleados, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hubieran sido dañados directamente por los hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.
* Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal que hayan sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble, derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.

2.PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán, mediante los modelos normalizados en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente a la provincia en que se hayan producido los hechos causantes de la solicitud, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de terminación de tales hechos.
 

3.MÁS INFORMACIÓN

Los Ayuntamientos asturianos informarán acerca de los requisitos, trámites y plazos para la concesión de las ayudas a los afectados por las inundaciones que se han sufrido en distintos puntos de Asturias en los últimos días.

Para más información puedes consultar la página del Ministerio del Interior relacionada con Ayudas en casos de determinados siniestros o catástrofes, y la Referencia del Consejo de Ministros.

Para más información sobre este tema

Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno
 


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