BENEFICIARIOS: Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, que lleven a cabo un proyecto empresarial en el Principado de Asturias financiado por una o varias operaciones de préstamo avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca, que cumplan los requisitos que para las microempresas, pequeñas y medianas empresas, que se recogen en la recomendación 2003/361/Ce de la Comisión, de 6 de mayo de 2003. Las pymes, y autónomos deberán contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral.
OBJETO: Convocar las subvenciones dirigidas a autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector turístico con sede en el Principado de Asturias, en la obtención de financiación destinada a la realización de proyectos empresariales que suponga un crecimiento y/o mejora competitiva de la empresa, mediante la siguiente línea:
Línea 1.—Operaciones avaladas para la financiación de Proyectos Empresariales.
BASES REGULADORAS: Resolución de 22 de abril de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en el marco del programa de apoyo a la Financiación de proyectos empresariales para PYMES.
MÁS INFORMACIÓN: BOPA nº 111, de 10 de junio de 2020.