BENEFICIARIOS: Transportistas autónomos por carretera, dando preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
BASES REGULADORAS: Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (B.O.E. 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre (B.O.E. 1 de enero de 2013) y por la Orden OM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero).
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
RESOLUCIÓN: BOE de 11 de junio de 2020
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