BENEFICIARIOS: Persona física o entidad sin ánimo de lucro, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios. (Para obtener la condición de beneficiario deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.).
OBJETO: Renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias.
PUBLICACIÓN: BOPA de 19 de junio de 2020.
RESOLUCIÓN: 12 de junio de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica.
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