Beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas agroalimentarias o empresas forestales, con independencia de la forma que adopten estas últimas, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables de mejora transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agrícolas o en inversiones en tecnologías forestales.
Objeto:
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agrícolas y en inversiones en tecnologías forestales en el ámbito territorial del Principado de Asturias:
a) Incluidas en la submedida 4.2 del programa de Desarrollo Rural 2014-2020 cofinanciado por el Feader:
1. Construcción, adquisición o acondicionamiento de inmuebles ligados a procesos de transformación y/o desarrollo de productos agrícolas y cualquier otra inversión dirigida al cumplimiento de normas que vayan a convertirse en obligatorias en la Unión Europea.
2. Compra de nueva maquinaria o equipamiento.
3. Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento
sobre la viabilidad económica y mediambiental, derechos de patentes o licencias, diseños de envases y
marcas, relacionado con el comercio electrónico, con límite del 12% de la inversión subvencionable total.
4. Adquisición o desarrollo de programas informáticos y/o diseño y/o programación de páginas web siempre
que esté destinada a la comercialización Online de sus productos, implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria, y cualquier otra inversión dirigida al cumplimiento de normas
que vayan a convertirse en obligatorias en la Unión Europea.
b) Incluidas en la submedida 8.6 del programa de Desarrollo Rural 2014-2020 cofinanciado por el Feader:
1. Inversiones relacionadas con la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables.
2. Inversiones de mejora de las condiciones de almalmacenamiento, secado y operaciones propias de los aserraderos, previas a la transformación industrial.
MÁS INFORMACIÓN: BOPA 29/12/2020