Descripción: Ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera para poder hacer frente al impacto económico y social derivado de la pandemia COVID-19. Se convocan dichas ayudas para el primer tramo del ejercicio 2020 y se modifican distintos Reales Decretos relativos a la regulación de las organizaciones profesionales en el sector de la pesca y la acuicultura y para el ejercicio de la pesca recreativa.
Beneficiarios:
a) Los armadores de buques pesqueros de la lista tercera del Registro de Buques y Empresas Navieras que estén dados de alta en el Registro General de la Flota Pesquera y en posesión de la licencia de pesca en vigor al inicio del periodo de referencia (16 de marzo) y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos ciento veinte días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
b) Los pescadores que hayan trabajado a bordo de un buque pesquero español afectado por la paralización temporal al menos ciento veinte días, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Plazo de solicitud: Hasta el 24 de agosto de 2020.
Enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2020/08/03/pdfs/BOE-A-2020-9021.pdf