Descripción: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se convocan anticipadamente subvenciones para proyectos de actividades culturales de interés regional promovidos por particulares, fundaciones y asociaciones.
Beneficiarios: Podrá solicitar estas subvenciones cualquier asturiano o residente en el Principado de Asturias, asociación cultural o fundación cultural privada que tenga su domicilio social en el Principado de Asturias y que desarrolle principalmente su actividad en esta Comunidad Autónoma.
Finalidad: La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización en el Principado de Asturias, de proyectos de actividades culturales de interés regional realizadas por particulares, fundaciones culturales privadas y asociaciones, con los requisitos establecidos tanto en las presentes bases como en la correspondiente convocatoria pública de estas subvenciones. Entre dichas actividades o proyectos culturales se incluyen acciones de formación y movilidad con el fin de dar apoyo a la realización de giras de espectáculos de artes escénicas y musicales, a cursos y actividades de formación vinculadas a las diferentes manifestaciones artísticas, así como a las actividades de difusión de artes plásticas y audiovisuales a través de proyectos expositivos y de la asistencia a ferias, festivales y eventos de difusión, promoción o comercialización de cualesquiera de las manifestaciones culturales y artísticas realizada fuera del ámbito del Principado de Asturias por dichos particulares, fundaciones y asociaciones.
Bases reguladoras: Resolución de 29 de mayo de 2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos de actividades culturales de interés regional y acciones de formación y movilidad promovidos por particulares, fundaciones y asociaciones (BOPA n.º 127, de 3 de junio de 2017).
Convocatoria: BOPA nº 22 de 3 de febrero de 2021.
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